La reposición de vehículos: del cambio de carrocería al cambio del carro

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La reposición de vehículos: del cambio de carrocería al cambio del carro
Fecha de publicación: 
20 Marzo 2025
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Hasta diciembre del año pasado se hizo popular un procedimiento mediante el cual, una determinada cantidad de personas lograron reponer sus vehículos envejecidos, por carros baja técnica de los que concluyen en la renta.

Este proceso tiene su antecedente en los cambios de carrocerías.

Un poco de historia:

El cambio de carrocerías es un procedimiento que desde hace mucho tiempo se realiza en Cuba. Siempre fue una alternativa para mejorar el vehículo, cuando no existía comercialización abierta de vehículos y era esta la única forma para muchos de mejorar su auto. Este no es un proceder común en el mundo, es más bien un resultado de regulaciones que hemos tenido en el país.

Fue una alternativa que se aplicó de manera ordenada con carrocerías de autos Lada que se importaban nuevos y se les retiraban los motores. Posteriormente se implementaron otras medidas y luego, al organizarse el desarme de los vehículos de la renta del turismo en desarmadoras específicas, surgió como una nueva oferta las carrocerías.

Ha sido históricamente un proceso que no ha estado exento de irregularidades, algunas de carácter muy grave, lo que siempre condujo a nuevas y complicadas regulaciones.

A partir de un momento, este cambio solo podía realizarse siempre que la carrocería fuera de la misma marca y modelo del vehículo al que se le reemplazaba. Asimismo se estableció que debía ser sin agregados ni accesorios.

Luego a petición de la población, se autorizó que la carrocería no se desarmara completa, debido a que resultaba muy difícil su completamiento. Entonces se accedió a que se desmontara solamente el motor, la caja y el diferencial, pero se mantuvo la limitación de mantener la misma marca y modelo.

Posteriormente a partir de la puesta en vigor del Decreto 83 de 2023, teniendo en cuenta nuevamente las opiniones de la población, se flexibilizó una vez más la regulación, se eliminó la restricción de la misma marca y modelo, y se autorizó que dicho cambio se realizara siempre que la carrocería fuera “técnicamente compatible” con el vehículo que se pretendía mejorar, término que en la práctica se enmarcaba en las dimensiones, fundamentalmente. Ello implicaba la confección de un expediente, que fundamentaba “la compatibilidad técnica” y que requería aprobación del ministerio de Transporte (Mitrans).

Una vez puesta en vigor la nueva regulación que permitía el cambio de marcas técnicamente compatibles, comenzó un proceso de comercialización, pero pronto muchas personas comprendieron, que si cambiaban la carrocería de su vehículo y luego cambiaban el motor, el resultado era que cambiaban el auto completo.

Fue así que comenzó a generalizarse un proceso, engorroso y no exento de irregularidades, mediante el cual las personas, previa aprobación del expediente técnico correspondiente, comenzaron a adquirir carrocerías y motores, que luego fueron armando, reemplazando el vehículo que poseían.

Mediante este procedimiento, hasta el 31 de diciembre del pasado año, en el Mitrans se aprobaron alrededor de 8 mil expedientes, mientras que dada la limitada oferta pudieron adquirir las carrocerías, un poco más de mil personas.

Realmente lo que subyace detrás de todos los procedimientos de cambio de carrocerías, no es más que el deseo de las personas de mejorar su vehículo a partir de sus posibilidades, es decir “cambiar el carro” por uno mejor, a un precio menor en moneda nacional.

Como parte del análisis de las nuevas regulaciones puestas en vigor el pasado primero de enero de este año, se identificaron las problemáticas siguientes en torno a este proceso:

- No era un procedimiento para autorizar la reposición del vehículo, sino de la carrocería que luego se complementaba con el cambio del motor, lo que en la práctica era “un invento” para lograr el verdadero propósito: “cambiar el carro”, lo que no estaba autorizado.

- No se correspondía el orden de las aprobaciones con el de las adquisiciones, teniendo en cuenta que la comercialización estaba descentralizada por territorios y por entidades, generándose innumerables incomprensiones y desorden.

- El procedimiento permitía la reposición de la carrocería por una de una marca y modelo específicos, y muchas veces, cuando las personas intentaban comprar la que existía era otra, lo que los obligaba a iniciar un nuevo trámite para modificar el expediente, generando irritación y molestias.

- Teniendo en cuenta que lo autorizado era el cambio de la carrocería, el vehículo se sometía a un proceso de desarme, producto del cual, muchas veces se producían daños adicionales y extravío de partes importantes del vehículo.

Teniendo en cuenta lo anterior, las nuevas regulaciones establecieron:

-Autorizar la reposición del vehículo completo, tal cual concluye en la renta del turismo, en moneda nacional según el precio aprobado por el ministerio de Finanzas y Precios, que además su traslado sea de la entidad de renta directo para la tienda, eliminando la intermediación de la desarmadora.

-Se aclara que los vehículos que concluyen su explotación en la renta del turismo tendrán los destinos siguientes: los que se encuentren en buen estado pasarán a las prioridades de la economía (reposiciones del seguro, servicios de taxis, entidades estatales, estímulo a personas de desempeño relevante de diferentes sectores), los que se encuentren en mal estado y sean recuperables, se comercializarán a través de SASA como reposición como ya se ha explicado y los que no sean recuperables, por su alto nivel de deterioro, irán entonces a desarme para su comercialización en partes y piezas.

- Eliminar el procedimiento que obligaba a la aprobación en el Mitrans de un expediente técnico, así como la compatibilidad técnica del medio que se repone con el que se oferta.

-Disponer que el medio que se repone debe ser dado de baja en el Departamento Nacional de Registro de Vehículos y entregado en las desarmadoras autorizadas.

-Establecer el orden para la compra de manera centralizada a nivel nacional, a través de una sola entidad (SASA) independientemente del lugar donde se encuentre el vehículo que se oferta, y de manera automatizada a través del sitio web sag.sasa.co.cu, que estará disponible para las nuevas inscripciones a partir del momento que se informe.

Como hemos explicado en diferentes ocasiones, este no es el procedimiento que permitirá modernizar de manera masiva el parque automotor de Cuba, sin embargo, en las circunstancias actuales de nuestra economía, aprovechar todo lo disponible, es sin dudas una opción válida, aunque sea por reposición.

El conjunto de medidas puesto en vigor el primero de enero mediante el Decreto 119-24, tiene el propósito de continuar flexibilizando y regularizando el mercado de vehículos automotores en Cuba, al tiempo de que se generen recursos financieros para la mejora del transporte público que mueve a las mayorías, asunto sobre el que volveremos pronto.

Recordando lo aprobado como parte del Decreto 119-24: se autorizó la importación de motocicletas de combustión y triciclos híbridos y eléctricos, se facilitó a los colaboradores, diplomáticos y otros trabajadores que se desempeñan en el exterior a traer autos al término de su misión, se unificaron los precios tanto para las personas jurídicas como naturales, se reajustaron los tributos y a partir de ellos, se creó el Fondo para el Desarrollo del Transporte Público en divisas, que contribuirá a su recuperación, y se facilitó la transmisión de la propiedad de vehículos entre personas jurídicas y naturales, entre otras medidas.

En próximas publicaciones, espere más información sobre la adquisición por reposición de vehículos: “Preguntas y respuestas”.

(Tomado del perfil en Facebook de Eduardo Rodríguez Dávila, ministro de Transporte)

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