El Ministerio de Justicia trabaja con ETECSA para mejorar contratos telefónicos
especiales
Según explicó a la prensa Olga Lidia Pérez Díaz, directora de Notaría y Registros Civiles del MINJUS, se trabaja en una cláusula que permita, al momento de suscribir el contrato, cederlo a un hijo, hermano, familiar cercano u otra persona en caso de fallecimiento o salida permanente del territorio nacional.
De esta forma, el titular dejará su teléfono a quien decida desde la propia firma de la escritura con un efecto post mortem o de no retorno al país.
La alternativa responde al aumento de suscripciones contractuales en Etecsa, la cual incrementa la demanda de documentos notariales y registrales con la sucesiva congestión de las oficinas.
Otras soluciones también apuntan a disminuir la entrega de certificaciones legales, y a darle mejor uso al carné de identidad, que muchas veces es suficiente para realizar trámites de este tipo, señaló Pérez Díaz.
En la conciliación, quedó claro que ninguna institución o funcionario está facultado para atribuir término de vencimiento a las certificaciones expedidas por el Registro Civil, salvo las de soltería (vigencia de 180 días) y las de capacidad legal.
Las certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción no tienen término de vigencia, aunque hayan sido expedidas en los años 80 o 90 del pasado siglo.
Solo en casos de supresión o adición de nombres es necesario renovarla.
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