Precisan detalles sobre la canasta familiar normada en un entorno de ordenamiento monetario
especiales

Tras el inicio de la Tarea Ordenamiento, como se había informado anteriormente, se mantendrá la libreta de abastecimiento, así como varios de los principios que rigen su distribución.
Según la Resolución 136 del Ministerio de Comercio Interior, publicada en la Gaceta Extraordinaria No.74, se continuará la comercialización por esta vía de arroz, granos, aceite, azúcar refino y crudo, sal, pastas alimenticias, fideos, pollo, jamonada, picadillo texturizado de soya, huevos, y café para los mayores de siete años.
Específicamente para los niños de cero a dos años: leche o yogur natural para los intolerantes y compotas; de dos a seis años: leche o yogur natural para los intolerantes; de siete a 13 años: yogurt de soya, mezcla para batido o lactosoy; y de cero a seis años: carne de res o pollo; en La Habana de cero a 13 años de edad
Los mayores de 65 años de la capital y Santiago de Cuba continuarán recibiendo lactosoy o mezcla para batido.
La indicación, refiere la norma, es mantener la venta de productos alimenticios normados y dietas médicas mediante la libreta de abastecimientos como medida de garantía de la adquisición de los productos que por esta vía se reciben, así como la vinculación actual de los consumidores a los establecimientos minoristas o bodegas.
Además, la normativa anuncia la modificación de los precios minoristas de un grupo de productos del sistema de venta normado, regulado y liberado para eliminar subsidios y mantiene en una primera etapa la venta a precios subsidiados a la compota, los productos lácteos, carne y picadillo de res para los niños de cero a seis años; y carne de res, leche en polvo entera y semidescremada para dietas médicas.
Continuarán en una primera etapa, a precios subsidiados, la nomenclatura total de productos destinados a los consumidores con dietas médicas de enfermedades crónicas de la infancia y las dietas por embarazo, retrovirosis crónica, fórmula basal e intolerantes a la leche.
Se mantendrá la entrega gratuita de módulos para niños con déficit nutricional, bajo peso y talla, los plazos actuales del derecho de compra de los productos alimenticios, establecidos, los precios minoristas actuales, sistemas de venta, y controles establecidos, en correspondencia con la Política de la Dinámica Demográfica, para los artículos correspondientes a los programas de canastilla y calzado profiláctico.
De igual forma se mantiene para el Programa Postrados e Incontinentes, el sistema de venta y controles y para el uniforme escolar el sistema de venta vigente.
Los productos comercializados el mes anterior al día cero cuyo ciclo de distribución termina posterior a este, mantienen los precios con los que se inició su comercialización.
La venta adelantada de productos de la canasta familiar normada correspondientes al mes en que se decrete el ordenamiento monetario, se realiza a los precios establecidos para dicho mes.
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