Cuba, la sublime herejía de una democracia superior (+ Video)

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Cuba, la sublime herejía de una democracia superior (+ Video)
Fecha de publicación: 
26 Febrero 2018
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Iniciada la primera guerra de Independencia contra el colonialismo español en 1898, los cubanos se dotaron de la histórica constitución, llamada de Guáimaro, en aquellos campos insurrectos. Buscaba el caro ideal de la independencia, bajo la unidad y la abolición de la oprobiosa esclavitud.

Hubo, otras Cartas Magnas en décadas de lucha cruenta por la independencia, cada una en un contexto determinado y con aquellos fines. En 1901, bajo la ocupación de los Estados Unidos, imponiendo una enmienda que les daba derecho a intervenir en la Isla, y coartar la libertad conquistada a filo de machete, pero aun así nuestros patricios lograron plasmar en el texto constitucional: "...el pueblo de Cuba se constituye en Estado independiente y soberano, y adopta, como forma de gobierno, la república."

El 5 de junio del año 1940 entró en vigor La Constitución de ese año, que poseía un carácter progresista para su época, dado el alcance social de los conceptos que introdujo. [1]

Sin embargo, una gran parte de las disposiciones complementarias imprescindibles para llevar a la práctica lo estipulado por esta Carta Magna, jamás obtuvieron la aprobación de la Cámara de Representantes ni del Senado, cuyos integrantes en su mayoría representaban los intereses de la burguesía y los latifundistas.

El 10 de marzo de 1952, Fulgencio Batista, con el apoyo norteamericano, derrocó al gobierno constitucional y abolió la Constitución, que afianzó el dominio de Estados Unidos en país.

Nada más quedaba a los cubanos que la lucha armada. Así lo comprendió Fidel Castro, quien encabezó el movimiento armado. Preso por los sucesos del asalto al Cuartel Moncada en Santiago de Cuba, en un juicio amañado, Fidel esbozó el ideal democrático y la fuente del poder de la Revolución, en su alegato 'La Historia me Absolverá'.[2]

"Cuando hablamos de pueblo no entendemos por tal a los sectores acomodados y conservadores de la nación, a los que viene bien cualquier régimen de opresión, cualquier dictadura, cualquier despotismo, postrándose ante el amo de turno hasta romperse la frente contra el suelo."

Fidel, quien no dudó en situar a José Martí, como el autor intelectual del movimiento revolucionario, puesto que su ideal se nutrió de sus conceptos libertarios y defendió para la Carta Magna de la Revolución un deseo que sobrevive: "...yo quiero que la ley primera de nuestra república sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre.

Esta constitución socialista, que hoy con orgullo tenemos los cubanos todos, no es un rayo en el desierto. Es la herejía de ser libres en una sola revolución que iniciaron nuestros patricios y que jamás cometeremos el pecado de olvidar.

25 verdades sobre la Constitución de la República de Cuba

1. Cuba no se puede considerar dictadura desde los fundamentos y principios que sustentan la democracia socialista. No se pueden ver desligados ambos conceptos.

2. La democracia en Cuba parte de la concepción marxista-leninista de un nuevo modelo, en función de la revolución social, que se lleva a cabo en la nación desde 1959 y que tiene su momento cumbre en el año 1976, al proclamarse la Constitución de la República de Cuba.

3. La democracia tiene que conceptualizarse de diferentes formas, desde la democracia griega o de la democracia liberal burguesa, que es la que ha primado en el mundo occidental.

4. Pero, la democracia debe erigirse más allá de un criterio excluyente y elitista, como ha sido en la historia del liberalismo.

5. La democracia liberal, en su evolución, si bien garantiza determinadas libertades, y cimenta el estado constitucional, no responde a los fundamentos y posturas de la democracia real, o democracia primigenia, que en la Cuba socialista, revolucionaria, se ha intentado consolidar en sus diferentes aristas.

6. Lo primero es ver de dónde nace el poder, la génesis de ese poder que fundamenta la democracia, como aquel elemento que permite a la ciudadanía, a las mayorías, tomar las decisiones más apropiadas en beneficio de la colectividad.

7. De ahí deriva la construcción de un nuevo estado, un nuevo tipo de estado a partir de las capas sociales que estaban sojuzgadas, pero no para ejercer la tiranía, no para ser excluyentes, sino mediante el esfuerzo y la comunión de intereses, volcarnos a la construcción de ese nuevo estado, que es donde se inserta la construcción socialista en Cuba.

8. Esa nueva construcción se define por la forma de acceso al poder que tiene la ciudadanía. La Constitución lo refrenda en el Artículo 3, al señalar que el Estado tiene su soberanía en el pueblo, el pueblo como máximo detentor del poder. No pueblo en la visión liberal, sino aquel traicionado en toda la historia constitucional cubana, como recordaba Fidel Castro Ruz.

9. En el Artículo 1 de la Constitución se define al estado cubano como estado de trabajadores, donde no existen limitaciones ni excepciones por el lugar o tarea que ocupe cada ciudadano en la construcción del nuevo tipo de estado. [Ver debajo el texto de la Constitución]

10. Otro elemento que caracteriza la democracia en Cuba es cómo se accede al poder. Mediante la Ley 72 queda normado que cualquier ciudadano mayor de 16 años tiene la posibilidad de ejercer su sufragio activo.

11. Así tenemos la democracia directa, en la cual  la ciudadanía escoge al candidato que tiene las mayores posibilidades para representarla, que tiene más compromiso con el pueblo en función de la solución de los problemas más sustantivos de la comunidad, sin diluirse en contradicciones que atenten contra el interés común. Eso es lo que garantiza ni privilegios ni posición económica, como sucede en otros países, que se erigen como modélicos.

12. Reafirma la realialidad democrática que se vive en Cuba el hecho de que los cubanos, de acuerdo con el texto constitucional, tenemos el sufragio universal instituido [3], y no el censitario, es decir, el voto solo a la parte de la población que contara con ciertas características precisas: económicas, sociales o educacionales.

13. De este modo el ciudadano accede a cualquier estamento gubernativo, incluida la Asamblea Nacional.

14. Se aclara que Cuba tiene un sistema asambleario, es una Asamblea Nacional la cubana, con formas presidencialistas o parlamentarias, que la tradición jurídica liberal o los medios tratan de identificar alguna de estas fórmulas, para simplificar y poder manipular la labor del máximo órgano de la nación, siguiendo sus propios indicadores, sin ver la excepcionalidad. En Cuba no nos encontramos con un parlamento al estilo burgués.

15. En resumidas cuentas, se trata de una nueva construcción que afianza el estado socialista y ha tenido el valor y el coraje de dar una salida a las posturas liberales, afianzadas en los tiempos que corren.

16. A partir de hombres y mujeres que no reciben remuneración por su trabajo de representación ciudadana, sería inconcebible sin una gran aspiración democrática.

17. Se construye el socialismo y a la vez se están hilvanando los principios más sublimes de cualquier sociedad, donde el ciudadano puede hacer el control del poder, y se puede ver en todo el texto constitucional.

18. De acuerdo con la Constitución Socialista de la República de Cuba están instituidas una serie de garantías para el ejercicio de un poder directo, lo cual es básico al hablar de democracia.

19. Un modelo como el cubano se asienta en una riqueza donde se pueden observar variantes de democracia directa, representativa y deliberativa.

20. Visto así, la ciudadanía cubana se puede desligar de esa visión democrática limitada, lo cual lleva a la calidad democrática, un concepto superior, que genera en la práctica una gama amplia de derechos políticos, donde el ciudadano se aúna para el supremo objetivo de la toma de decisiones, que traspasa todo el bloque de constitucionalidad en Cuba.

21. Una pregunta significativa es ¿para quién se está legislando?¿para quién se ejerce el poder en Cuba? Las respuestas sesgadas llevan a denigrar el sistema socialista cubano, de su Revolución.

22. Cuba no está dentro de los cánones establecidos por el liberalismo y el imperialismo a nivel mundial.

23. La no comprensión, el olvido o silenciamiento de estos tópicos, nos ponen frente a la guerra cultural, que traspasa lo jurídico para establecerse en lo ideológico y lo filosófico, estableciendo hegemonías a nivel global.

24. Estamos obligados a rebasar esa guerra cultural.

25. Todo lo anterior desemboca, en que a pesar de la necesidad de profundizar en normas y regulaciones, ello no es óbice para no disfrutar de absoluta libertad de expresión en Cuba, la cual no puede lesionar la estabilidad del estado nacional. [4]

[1]   https://www.ecured.cu/Constituci%C3%B3n_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Cuba
[2]   http://www.cubadebate.cu/wp-content/uploads/2009/05/la-historia-me-absolvera-fidel-castro.pdf
[3]   http://www.fgr.cu/sites/default/files/Ley%2091Consejos%20Populares_0.pdf
[4] Síntesis de entrevista concedida por Gustavo Hernández Arteaga, profesor de Teoría del Estado   del Departamento de Derecho de la Universidad Central ‘Marta Abreu’ de Las Villas.

Tomado de Islamía

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