Cuba por un uso justo y equitativo de los recursos genéticos

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Cuba por un uso justo y equitativo de los recursos genéticos
Fecha de publicación: 
4 Octubre 2015
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Ha pasado a ser el Estado Parte número 66 de este protocolo, entre cuyas metas se inscribe la implementación de un régimen internacional para la distribución justa y equitativa de beneficios derivados del empleo de recursos genéticos.

El Protocolo de Nagoya significa un nuevo paso que se opone a la biopiratería o apropiación indebida de recursos genéticos sin la autorización de los países de los cuales proceden.

A la vez, apunta a disminuir la brecha tecnológica entre países en vías de desarrollo, ricos en biodiversidad (proveedores de recursos genéticos) y los países desarrollados (usuarios de recursos genéticos).

En igual sentido, el ABS propende a incentivar la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica. Ello, atendiendo a que procederes biotecnológicos han convertido recursos genéticos en materia prima de valiosos productos que pueden encontrarse en la industria farmacéutica, seguida por la agroindustrial, la fitosanitaria y la cosmética, entre las más importantes.

Este protocolo posee carácter vinculante e implementa el tercer objetivo del Convenio sobre la Diversidad Biológica, puesto a la firma y ratificación de los Estados desde 1992 en Nairobi, Kenya.

El ABS fue adoptado durante la X Conferencia de las Partes, en octubre de 2010 en Nagoya, Japón, después de seis años de negociaciones.

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