Cuba elige hoy a gobernadores y vicegobernadores provinciales
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Convocados por el Consejo de Estado, los delegados de las Asambleas Municipales del Poder Popular de todo el país, nominados y elegidos por el pueblo como sus representantes, hoy sábado eligen, a propuesta del Presidente de la República, al gobernador y vicegobernador de sus respectivas provincias.
La presidenta del Consejo Electoral Nacional (CEN), Alina Balseiro, declaró en horas de la tarde de ayer que el país ya se encontraba totalmente listo para la realización hoy estas elecciones, considerados por el mandatario cubano Miguel Díaz-Canel en un twitter reciente «como parte del perfeccionamiento de los órganos del Poder Popular».
El pasado domingo tuvo lugar en todo el país, con éxito y provecho, una Prueba Dinámica en la que tomaron parte unas tres mil autoridades electorales, y permitió precisar todos los detalles: urnas, presencia de los símbolos patrios, documentación, las condiciones físicas y de iluminación de los cubículos y locales para la elección. Verificaron asimismo lo relacionado con el flujo informático y la validación de la información.
La Prueba Dinámica en el Colegio Electoral No. 4, circunscripción 49, del habanero municipio de Playa. (Foto: Trabajadores)
La votación que hoy tiene lugar responde a un mandato de la nueva Constitución de la República, donde se recoge que son los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular quienes eligen, por un período de cinco años, «mediante el voto libre, igual, directo y secreto, al gobernador y al vicegobernador provinciales».
El artículo 242.1. de la Carta Magna establece que corresponde al Presidente de la República proponer a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular los candidatos a gobernadores y vicegobernadores.
Dichas propuestas fueron remitidas con la necesaria antelación al presidente del Consejo Electoral Nacional (CEN), junto a las biografías y fotos de los candidatos.
El CEN, siempre en apego a las disposiciones constitucionales, reprodujo e hizo llegar a cada delegado las biografías y fotos en el plazo establecido. También de acuerdo con la La Ley No. 127, Ley Electoral, de 2019, dicho Consejo Electoral es el encargado de orientar y organizar los actos de votación en cada municipio, computar los votos en cada provincia e informar sus resultados.
En el artículo 180 de la Carta Magna establece que «el gobernador es responsable ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros y el Consejo Provincial, a los que les rinde cuenta e informa de su gestión, en la oportunidad y sobre los temas que le soliciten».
Por su parte, el vicegobernador cumple las atribuciones que le delegue o asigne el gobernador y le sustituye en caso de ausencia, enfermedad o muerte, conforme al procedimiento previsto en la ley.
Los gobernadores y vicegobernadores provinciales elegidos tomarán posesión de sus cargos ante el representante del Consejo de Estado designado al efecto, en la fecha fijada por este dentro del término de los veintiún días siguientes a su elección.
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