Cuba tiene un nuevo Código Penal: justo, educativo y moderno (+ VIDEO)

Cuba tiene un nuevo Código Penal: justo, educativo y moderno (+ VIDEO)
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Foto: Estudios Revolución

Un nuevo Código Penal -novedoso, atemperado a la realidad de Cuba y en consonancia con lo más moderno estipulado en el mundo- fue aprobado este domingo por los diputados que participan en la Quinta sesión extraordinaria de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a la que asiste el Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.

Al presentar el proyecto, Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP), precisó que el texto remplaza la ley no 62 “Código Penal”, del 29 de diciembre de 1987, incluyendo las modificaciones que se incorporaron con posterioridad.

Para la elaboración de este anteproyecto de norma jurídica, subrayó, se elaboraron veintiséis versiones, como fruto de un ejercicio colectivo, plural y enriquecido con más de mil propuestas planteadas durante las consultas con órganos, organismos e instituciones especializadas.

Se tomaron en cuenta -destacó la máxima autoridad del TSP- las recomendaciones de investigaciones científicas y los criterios de los diputados. Se observaron, además, las opiniones de las personas que accedieron al texto a través de los sitios web del Parlamento y del Tribunal Supremo Popular.

Dentro de los aspectos novedosos que presenta el Código, Remigio Ferro destacó que se extiende su aplicación a infracciones y actos ilícitos que afectan el espectro radioeléctrico, el medio ambiente y el patrimonio natural de la nación.

De igual manera, se incorporan nuevas sanciones accesorias, circunstancias agravantes y reglas de adecuación para enfrentar la discriminación en todas sus manifestaciones, la violencia de género y familiar, además de hechos contra personas menores de edad o en situaciones de discapacidad.

El presidente del TSP agregó que con esta Ley se refuerza el rigor de las sanciones en hechos vinculados a la corrupción económica o administrativa, con alcance a los nuevos actores económicos y se penalizan las violaciones más graves relacionadas con el uso abusivo de los derechos constitucionales, la participación en actividades subversivas y las agresiones a las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otros aspectos.

En la intervención introductoria del proyecto ante los parlamentarios, el presidente del TSP aseguró que el nuevo Código Penal expresa el carácter humanista de la Revolución y está a tono con los instrumentos legales internacionales sobre este tema, respetando siempre los derechos humanos.

En ese sentido, consideró que la norma resulta de extraordinaria relevancia en la robustez de Cuba como Estado socialista de Derecho y con su aprobación contaríamos con una Ley Penal moderna, atemperada a nuestras realidades socio-económicas, actualizada con la Constitución y otras disposiciones jurídicas.

La norma aprobada tiene el rango de Ley, ya que se trata de un Código en el que se sistematizan los principales aspectos de la materia penal sustantiva y se le integran otras normas penales especiales.

A partir de ahora, según los expertos, constituye una prioridad acercar a los ciudadanos a los principales postulados del nuevo Código Penal, una necesidad del país en los tiempos actuales en el necesario camino de elevar la cultura y conciencia jurídica de la nación, sobre esta novedosa norma que garantiza la protección de los derechos y garantías desarrollados en los preceptos constitucionales.

La entrada en vigor del Código Penal será a partir de los 90 días posteriores a su publicación en Gaceta Oficial de la República de Cuba.

¿QUÉ DEBEMOS SABER DEL NUEVO CÓDIGO PENAL?

    Responde a la Constitución de la República de Cuba, aprobada el 10 de abril de 2019, y a las actuales condiciones políticas y socioeconómicas del país.
    Esta norma jurídica se estructura en 2 libros, 29 títulos, 138 capítulos, 179 secciones, 434 artículos, 2 disposiciones complementarias, 4 disposiciones especiales, 2 disposiciones finales y un anexo de definiciones de conceptos y términos empleados.
    Se crean cuatro nuevas familias típicas (delitos afines), relacionadas con las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación, el medio ambiente y el ordenamiento territorial, la dignidad humana, y la creación intelectual, lo que trae como resultado que se introduzcan 37 nuevos delitos.
    El actual tipo legal de “rebelión” se convierte en “delito contra el orden constitucional”, que incluye una figura destinada a sancionar el deliberado uso abusivo de los derechos constitucionalmente reconocidos, con fines de subvertir el orden político, económico y social de la nación, teniendo presente que el inciso g) del Artículo 90 de la Constitución 6 de la República fija como responsabilidad de las personas respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.   
    Dentro del delito de “otros actos contra la seguridad del Estado”, inserta una figura para enfrentar el financiamiento de la actividad contrarrevolucionaria, subversiva o cualquier otra que no esté legalmente establecida, a través de sujetos que la realizan en nombre de un gobierno, organizaciones de carácter internacional, no gubernamentales u otras.
    Se agrega al delito de “desórdenes públicos” una figura que penaliza las alteraciones de esa naturaleza producidas en grupos o individualmente.
    Actualiza la protección de los derechos de los empleados en entidades pertenecientes a formas económicas no estatales.
    Establece una regla especial de adecuación para los delitos cometidos con violencia de género o familiar, que posibilite una respuesta sancionadora atemperada a la naturaleza de hechos de este tipo, a cuyo efecto incrementa el límite máximo de la sanción en un tercio.
    Funde los delitos de “violación” y “pederastia con violencia” en uno denominado “agresión sexual”, al que traslada las modalidades graves del de “abusos lascivos” y adiciona otros actos que deben ser considerados como delito de esta naturaleza; con esta formulación también se suprime el tratamiento discriminatorio por razón de género y de orientación sexual que está presente en las actuales figuras delictivas mencionada.
    Se crea el delito de “actos contra la intimidad o la imagen, voz, datos o identidad de otra persona”, y se le agrava la sanción cuando se comete por el responsable o la persona encargada de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros en los que obren, o se ejecuten mediante precio, recompensa o beneficio patrimonial de cualquier tipo, o por enemistad, venganza u otro fin malicioso, o con el objetivo de acosar a la víctima, o por cualquiera de los motivos de discriminación, o si la víctima fuera una persona menor de edad o discapacitada, o si la reproducción, divulgación o transmisión se realiza en las redes sociales u otros medios de comunicación social.
    Mantiene la sanción de muerte solo para los casos de hechos delictivos de extrema gravedad (15 en la familia de los “delitos contra la Seguridad del Estado”, 6 en los de “terrorismo”, además del “tráfico internacional de drogas” y “asesinato”); añadiendo a sus marcos penales, la de privación perpetua de libertad, en los casos que no la tienen prevista en estos momentos.
    Se perfecciona el tratamiento penal que el anteproyecto concede a las personas menores, entre 16 y 18 años de edad, conforme a lo regulado en la Convención de los Derechos del Niño, en el sentido de - Exigirles responsabilidad solo cuando se trate de delitos graves por su connotación social o económica o que atenten contra la seguridad del Estado o de terrorismo, o cuando para su ejecución utilicen medios o formas que denoten desprecio a la vida humana, o si es una persona reiterativa en la comisión de hechos delictivos o su conducta demuestra notorio irrespeto a los derechos de los demás.

EL DEBATE

El Proyecto de Ley del Código Penal tuvo como antesala, según reflexionó en la sesión plenaria el presidente de la Asamblea Nacional del Popular, Esteban Lazo Hernández, un amplísimo nivel de consulta a todos los niveles y en múltiples espacios de la sociedad, incluyendo los criterios de los diputados.

El también Presidente del Consejo de Estado hizo énfasis en el alcance de la Ley, en su justeza y naturaleza profundamente popular.

En la sesión plenaria el diputado José Luis Toledo Santander presentó el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, sobre el Proyecto de Ley del Código Penal. Sobre el valioso texto, expresó que la disposición normativa refleja que Cuba es un Estado de Derecho, con normas inspiradas en los principios y valores sobre los cuales se construye la sociedad cubana.

Igualmente hizo referencia a la libertad y la seguridad como bienes jurídicos muy importantes en la Isla: el problema que todo Estado debe resolver, razonó, es trazar los límites en que un individuo puede tener esa libertad, en un marco que garantice la seguridad: “Cuando mencionamos la obra de justicia social alcanzada por la Revolución –apuntó Toledo Santander- hay que mencionar la seguridad y protección que disfrutan nuestros ciudadanos, en un mundo marcado por la violencia y la criminalidad”.

Seguidamente tocó el turno al debate entre los diputados, e hizo uso de su derecho a la palabra el diputado, por el municipio capitalino de San Miguel del Padrón, Jorge González Pérez, quien valoró la excelente calidad del texto, el cual recoge, de modo actualizado, los conceptos internacionales esenciales en el campo del derecho penal.

Las leyes en Cuba parten del pueblo, recordó el diputado Jorge González, quien pidió felicitar a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos por su trabajo de rigor. Las leyes llegan aquí, dijo, después que fueron vistas por especialistas, y luego de haber pasado por el sentir popular. Y destacó el nivel de receptividad de la Comisión (que ascendió a un 90 por ciento de aceptación) de los criterios planteados a propósito del Proyecto del Código Penal.

El diputado José Castañeda Martínez reconoció y agradeció al grupo multidisciplinario que desde el año 2012 no ha escatimado esfuerzos y sentidos de la responsabilidad en el camino de elaboración de la propuesta normativa. Estamos en presencia de un texto, valoró, que es un “necesario e insustituible instrumento jurídico, que es claro, preciso y entendible”, que entraña sistematicidad y coherencia con el ordenamiento jurídico y el deber ser de lo refrendado en la Carta Magna.

La propuesta normativa, añadió, contiene en su letra y espíritu legislativos la voluntad de que, a través del trabajo profiláctico, sean enfrentados fenómenos como la corrupción, la indisciplina y la ilegalidad.

Castañeda Martínez hizo hincapié en una estrategia de comunicación, en una participación real de la ciudadanía para que, por todos los canales posibles, pueda llegar el contenido de la ley para su estudio, para el fortalecimiento de la cultura jurídica, en un ambiente de seguridad, paz y comprensión, que tribute a una mejor calidad de vida. El diputado resaltó: “Cuba es amor, justicia social y dignidad”.

Loraine Linares Jiménez, diputada por Camagüey, reflexionó que el Proyecto del nuevo Código Penal responde, entre otras virtudes, a un reclamo del gremio de juristas, porque “la Constitución nueva generó una transformación en todo el sistema jurídico cubano”; y en lo particular hizo referencia a la edad límite que ha establecido Cuba para la responsabilidad penal. Propuso ella que, en vez de 16 años, los límites se corran hasta los 18.

Sobre otros asuntos –como los alusivos al espectro radioelectrónico, o a un fenómeno tan sensible como la venta, compra y tráfico de las personas menores de edad, o el delito de amenaza a otros, o contra la libertad sexual- habló la diputada camagüeyana, quien además comentó que el nuevo Código Penal, para que se cumpla, demandará de todos los actores que tienen que ver con su implementación, una preparación incesante.

El Presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, expresó que el tema de la edad para la responsabilidad penal fue ampliamente debatido en el proceso de construcción de la nueva propuesta normativa.

Argumentó que la situación concreta de la sociedad cubana fue analizada al detalle, atendiendo a los actuales desafíos sociales y humanos: “Estamos planteando, enunció, que se mantenga la edad de los 16 años (como momento para comenzar a asumir la responsabilidad penal)”. Así quedó reflejado en el contenido del texto.

La directora del Centro Nacional de Educación Sexual de Cuba (Cenesex), Mariela Castro Espín, trajo a colación los términos femicidio y feminicidio. Entre otras disertaciones detalló que, en teoría, ambas palabras no significan lo mismo, y que varios países, indistintamente, los han incluido en sus códigos penales con el fin de visibilizar el fenómeno de la violencia contra la mujer.

Mariela reconoció la política de “cero tolerancia” ante la violencia contra la mujer por parte del Estado cubano, así como la fortaleza que entraña el Programa de Adelanto de la Mujer para enfrentar de manera sistemática la violencia de género. Propuso, no obstante, posicionar explícitamente términos como femicidio o feminicidio, para seguir avanzando en un tema de altísima sensibilidad, que por cierto es blanco incesante de las campañas enemigas.

A propósito, Rubén Remigio Ferro expresó que la ley penal cubana busca mantener la coherencia con la cual trata la figura delictiva. La nueva propuesta normativa, apuntó, incluye en su contenido el delito de femicidio:

“Estamos defendiendo el derecho de todas las personas”, recordó, y habló de otras palabras que en determinados momentos aparecieron en el texto de la ley, como infanticidio o parricidio.

Los diputados en plenario, entre otros conceptos, razonaron que los tribunales tienen elaborada una estrategia de género y que en tal sentido existe un protocolo para la implementación de la misma. Se habló, además, de la sistematicidad y la coherencia con que se concibe y construye la Ley, y de las 36 modificaciones que el Proyecto del nuevo Código Penal están relacionadas con la violencia de género y atraviesan todas las figuras delictivas.

La miembro del Buró Político, Secretaria General de la Federación de Mujeres Cubana (FMC) y diputada por la provincia de Las Tunas, Teresa Amarelle Boué, expresó que los términos femicidio y feminicidio son muy discutidos en el mundo. Igualmente hizo alusión al análisis integral de la violencia que se realiza en el contexto cubano. El nuevo Código Penal, resaltó, incrementa la sanción cuando se trata de la violencia al interior de la pareja.

En cuanto a las palabras femicidio y feminicidio, Amarelle Boué comentó que ellas pueden, o no, estar explícitamente incorporadas en el texto normativo, “lo que sí no puede haber es impunidad, lo que no puede estar ausente es la sanción a los hechos de violencia”, recalcó.

Nuevamente al compartir su parecer, la diputada Mariela Castro Espín alertó que “todavía están muy latentes los elementos simbólicos del poder patriarcal, todavía son muy preocupantes”, y eso explica, dijo, la tendencia de los movimientos feministas a buscar estrategias, incluso desde la Ley, para enfrentar el problema de la violencia.

Lo que nos tiene que preocupar –enunció Luis Toledo Santander- es que no quede un acto trasgresor del Derecho: “Esa es la razón de ser de todo”. Los términos propuestos por la diputada Mariela Castro Espín, no fueron incluidos en la propuesta del nuevo Código Penal.

Hacia el final del debate en plenaria y antes de que fuese sometido a votación el Proyecto del Código penal, María Armenia y Reyna, diputada por Mayarí, Holguín, dejó explícito su sentir ante la Pena Capital: ella, desde su fe cristiana, no está de acuerdo con la pena de muerte, y así lo hizo saber. Agradeció en plenaria “poder proclamar al Dios de la vida”, y bendijo a Cuba.

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