Funcionarios estadounidenses confiesan que su objetivo es la población civil de Irán

Funcionarios estadounidenses confiesan que su objetivo es la población civil de Irán
Fecha de publicación: 
12 Febrero 2013
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Azadeh, estudiante de posgrado en la Universidad de Teherán, recordó a sus interlocutores al margen del Third Annual Hollywoodism (www.hollywoodism.orghttp) de Irán, las admisiones obviamente incriminatorias hechas la semana pasada por dos políticos estadounidenses:

 

“¿Sería la peor pesadilla de un abogado de la defensa, verdad? Quiero decir que sus clientes, en este caso el Vicepresidente de EE.UU. y la Secretaria de Estado saliente confiesen de un modo tan público serios crímenes internacionales contra una población civil.”

 

Las confesiones y los crímenes, que enumeró correctamente ante su auditorio, fueron los admitidos por ambos altos funcionarios durante la semana pasada. Los dos funcionarios, al hablar de las relaciones de EE.UU. con la República Islámica, admitieron abiertamente que las sanciones dirigidas por EE.UU. contra Irán (y Siria) con políticamente motivadas y constituyen una “guerra blanda” contra los casi 80 millones de habitantes de Irán (23 millones en el caso de Siria) a fin de lograr un cambio de régimen.

 

La señora Clinton fue la primera del dinámico dúo en pronunciarse. Reconoció que las duras sanciones de EE.UU. tenían como objetivo al pueblo de Irán y le enviaban un mensaje. “Por lo tanto esperamos que el pueblo iraní dé a conocer sus preocupaciones… por lo tanto mi mensaje al pueblo iraní es que haga algo al respecto”.

 

Algunos en el auditorio concluyeron que quería que disturbios por alimentos y por la inflación derrocaran al gobierno iraní. Una entrevistadora de Australian Broadcasting Company preguntó a Clinton el 31 de enero del año pasado: “Si tenéis problemas con el gobierno de Irán, ¿por qué destruir al pueblo iraní con las actuales sanciones? Es muy difícil encontrar ciertas medicinas en Irán. ¿Dónde quedó vuestro sentido de humanidad?

 

En lo que pensaba la interrogadora de Clinton, ella explicó más adelante, era el hecho de que las sanciones dirigidas por EE.UU. redujeron el crecimiento del PIB de Irán (-1,1% del PIB) lo que llevó a una inflación de 21% que es sentida sobre todo por la población civil. Así como la escasez periódica de alimentos en los supermercados de productos básicos como arroz y el aumento de los precios por todos los demás. Por ejemplo, la impresión por página para estudiantes ha aumentado en un 400% y el precio de un coche usado un 300%. En general, los productos en los supermercados han aumentado entre 100 y 300 por ciento o más durante los últimos veinticuatro meses y ciertas medicinas esenciales ya no están disponibles, lo que es devastador para muchas personas.

 

Clinton: “Bueno, quisiera decir primero que no hay sanciones para medicinas, alimentos y otras necesidades”. Esta declaración es una insensatez redomada y la señora Clinton lo sabe.

 

El proceso de identificación de objetivos por el Departamento del Tesoro de EE.UU. está bien afianzado en Washington. Cuando el lector se encuentre la próxima vez en Washington DC, tal vez en un tour en autobús que lo lleve por NW Pennsylvania Avenue después de una visita al Capitolio, puede considerar bajarse en 15 y Pennsylvania en el Departamento del Tesoro de EE.UU. Al dar la vuelta al edificio principal verá el edificio de un Anexo. Ese edificio, como bien sabe Clinton, y que también Biden ha visitado más de una vez, alberga la Oficina de Control de Activos Financieros (OFAC). La tarea de esa bien financiada agencia incluye precisamente la busca de objetivos de “alimentos y medicinas y otras necesidades” a fin de obligar a la población civil de Irán a lograr un cambio de régimen.

 

Durante más de doscientos años, desde la Guerra de 1812, cuando OFAC fue fundada para sancionar a los británicos, la oficina se ha convertido en experta en la imposición de sanciones y lo ha hecho más de 2.000 veces. OFAC utiliza actualmente un gran equipo de especialistas y ordenadores para imaginar, preparar, ensayar, y enviar a AIPAC y a ciertos funcionarios y miembros del congreso pro sionista, el producto de su trabajo terminado con recomendaciones.

 

OFAC y sus asociados del Departamento del Tesoro han participado en virtualmente cada sanción aplicada a Irán desde que el Presidente Jimmy Carter emitió la Orden Ejecutiva 12170 en noviembre de 1979 congelando cerca de 12.000 millones de dólares en activos iraníes, incluyendo depósitos bancarios, oro y otras propiedades. Desde la Ley de Designación de Estado Patrocinador del Terrorismo en 1979 a la Ley de Responsabilidad Siria de 2004, más de una docena de Órdenes Ejecutivas Presidenciales, incluyendo las órdenes Ejecutivas 2011-2012 que congelaron la propiedad en EE.UU. de altos funcionarios sirios e iraníes y de modo más amplio E.O. 13582 que congeló todos los activos gubernamentales del gobierno sirio y prohibió que estadounidenses hagan negocios con el gobierno sirio y la importación a EE.UU. de productos petrolíferos sirios.

 

Lo que OFAC hace con su base de datos es ciencia no arte. Puede calcular con bastante precisión el efecto económico sobre la población civil de una sola acción que identifique una compañía, un banco, una entidad gubernamental o el sistema de infraestructura de un país. OFAC, por cuenta de su gobierno, libra electrónicamente una guerra fría contra sus objetivos civiles.

 

Esta semana, OFAC y el Departamento del Tesoro pusieron en la lista negra a la autoridad estatal de radiodifusión, Islamic Republic of Iran Broadcasting, responsable por la política de difusión en Irán y por la producción en el extranjero de canales iraníes de televisión y radio, limitaron potencialmente las oportunidades de visión y audición de la población civil de Irán. Su director, Ezzatollah Zarghami, fue incluido en la acción. Adicionalmente fueron sancionadas las agencias de control de Internet de Irán y un importante productor de electrónica. David S. Cohen, el subsecretario del Tesoro pro sionista para terrorismo e inteligencia financiera, quien supervisa la acción de sanciones de OFAC, según se informa después de reuniones con funcionarios israelíes, dijo que las acciones de la semana pasada tenían la intención de “apretar las tuercas e intensificar la presión económica contra el régimen iraní”.

 

En realidad, las sanciones apuntan a la población civil y el “régimen iraní” no será muy afectado. Lo mismo se aplica a Siria. A pesar del lenguaje de relaciones públicas de que “los alimentos y las medicinas” están exentos de las brutales sanciones dirigidas por EE.UU., como bien sabe OFAC, la realidad es diferente. Conocen perfectamente los efectos negativos de las sanciones sobre proveedores internacionales de medicinas y alimentos respecto al país en cuestión. El Departamento del Tesoro de EE.UU. tiene miles de gigabytes de datos que confirman que los consejos de directores de negocios internacionales, no permiten ni permitirán que sus compañías arriesguen millones de dólares de beneficios al violar técnicamente alguno de los miles de detalles contenidos en las sanciones –muchos de los cuales son tema de interpretación– por hacer negocios con Irán o Siria. Por eso hay graves escaseces de medicinas y ciertos alimentos en esos países sanciones y decir otra cosa es neolengua orwelliana.

 

OFAC no opera en un vacío. Trabaja de cerca con otras agencias estadounidenses incluyendo las 16 agencias de inteligencia que en conjunto componen la Comunidad de la Inteligencia de EE.UU. Juntas han aplicado sanciones de gran amplitud y severidad contra las poblaciones civiles de Siria e Irán. Esas sanciones han sido ocasionalmente reforzadas por varios asesinatos y ciber-ataques israelíes directos o aprobados, con la intención de fomentar agitación civil para lograr el cambio de régimen y otros objetivos políticos.

 

Unos pocos días después de la confesión algo inadvertida de la señora Clinton de que el gobierno de EE.UU. ataca intencionalmente a la población civil de Irán, el Vicepresidente Joe Biden intervino el 4 de febrero para decir que EE.UU. está dispuesto a tener negociaciones directas con Irán pero agregó la advertencia: “También hemos dejado en claro que los dirigentes de Irán no deben sentenciar a su pueblo a la privación económica”, reconociendo como lo hizo Hillary que las sanciones tienen el propósito de atacar al pueblo iraní y sirio. Un alto funcionario del gobierno de Obama describió el último paso como “una significativa vuelta de tuerca”, queriendo decir que el pueblo de Irán enfrenta una “dura decisión” entre someterse a las demandas de EE.UU. y reanimar sus ingresos del petróleo, la sangre vital de la economía del país, o que habrá más sanciones hasta que lo haga.

 

Estos ataques contra la población civil de Irán y Siria mediante las sanciones dirigidas por EE.UU. constituyen una masiva violación de los principios, estándares y reglas del derecho internacional y su base fundamental que es la protección de los civiles.

 

Algunos ejemplos:

 

Los Protocolos Adicionales de 1977 a las Convenciones de Ginebra de 1949 prohíben toda medida que tenga el efecto de privar a una población civil de objetos indispensables para su supervivencia. El Artículo 70 del Protocolo I autoriza operaciones de ayuda a una población civil que “no es adecuadamente provista” con suministros y el Artículo 18 del Protocolo II requiere operaciones de ayuda para una población civil que sufre “apremios excesivos debido a una falta de suministros esenciales para su supervivencia, como ser alimentos y suministros médicos”.

 

Prohibición del hambre como método de guerra

 

· Según el derecho humanitario internacional, los civiles gozan de un derecho a ayuda humanitaria durante conflictos armados.

 

· El Artículo 23 de la Cuarta Convención de Ginebra obliga a los Estados a facilitar el libre paso y la distribución de bienes de ayuda que incluyen medicinas, alimentos, vestimenta, y tónicos para niños bajo 15 años, mujeres encintas, y casos de maternidad.

 

· El Artículo 70 del Protocolo Adicional I prohíbe la interferencia con la entrega de bienes de ayuda a todos los miembros de la población civil.

 

· Las sanciones dirigidas por EE.UU. son prohibidas por el principio de proporcionalidad encontrado en los Artículos 51 y 57 del Protocolo Adicional I.

 

· Según los términos del Artículo 3 común a las Convenciones de Ginebra de 1949, hay que realizar acciones humanitarias y de ayuda. Según el Artículo 18(2) del Protocolo Adicional II, hay que permitir a las sociedades de ayuda que ofrezcan sus servicios para suministrar ayuda humanitaria.

 

· Las sanciones dirigidas por EE.UU. violan la Regla de Distinción entre civiles y combatientes.

 

El derecho a la vida

 

Las sanciones dirigidas por EE.UU. violan el derecho a la vida incorporado en numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos, incluido el Artículo 6 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, 1966; el Artículo 2 de la Convención Europea por la Protección de Derechos Humanas y Libertades Fundamentales, 1950; y el Artículo 4 de la Carta Africana de Derechos Humanos, 1981.

 

Los derechos del niño

 

Uno de los grupos más vulnerables a las sanciones dirigidas por EE.UU. en Siria e Irán son los niños. Los derechos de los niños son establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, 1989, que es actualmente el acuerdo internacional más ampliamente ratificado. Los más relevantes en el contexto de las sanciones dirigidas por EE.UU. son los Artículos 6 y 24 de la Convención, según los cuales todo niño tiene derecho inherente a la vida y el derecho más estándar de salud obtenible y acceso a servicios médicos.

 

Si “terrorismo” significa, tal como lo define el gobierno de EE.UU. el ataque contra civiles a fin de inducir cambios políticos de su gobierno, ¿de qué se habla cuando el propio gobierno de EE.UU. aplica intensos sufrimientos económicos a una población civil, causando desnutrición, enfermedades, hambre y muerte a fin de inducir un cambio de régimen?

 

Las sanciones dirigidas por EE.UU. contra Irán y Siria son ilegales, inhumanas, inefectivas, inmorales e indignantes. Toda persona de buena voluntad, por doquier, debe resistirlas hasta que sean retiradas.

 

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