Saldar deudas
especiales

Recibo de aviso de consumo de electricidad. Foto: Trabajadores
Con el paso a la Fase 3 del territorio y en consonancia de la política del Ministerio de Energía y Minas –minem– de ofrecer facilidades para el pago del servicio eléctrico dentro del año fiscal a la población, se extendieron los días para efectuar el abono de los adeudos pendientes.
Para los consumidores residenciales que presentan deudas atrasadas en la provincia, la obligatoriedad del pago del servicio eléctrico queda establecido de la siguiente manera:
En el mes de octubre es obligatorio saldar las cuentas pendientes hasta el mes de agosto.
En el mes de noviembre es obligatorio saldar las cuentas pendientes del mes de septiembre y octubre.
En el mes de diciembre es obligatorio saldar cuentas pendientes del mes de noviembre y diciembre.
Es bueno aclarar que este cronograma de obligatoriedad de pago solo es para los consumidores con deudas con más de 60 días, los demás consumidores están obligados a pagar sus cuentas a los diez
días de presentadas.
Si en algún caso específico el usuario requiere conveniar los plazos de pago, para ello debe noticiarlo
en la Oficina Comercial correspondiente.
Del mismo modo, se les informa a los clientes con negocios por cuenta propia y a los que presentan adeudos por concepto de fraudes eléctricos o recuperación de energía, que deben mantener sus
pagos al día.
La entidad hará uso de las facultades recogidas en la Ley Eléctrica 1287, así como en los procedimientos establecidos en la actividad comercial para garantizar el cumplimiento de las disposiciones anteriores.
Empresa eléctrica de La Habana.
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Alejandro
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