Cumplen las Oficodas, lo orientado
especiales
Director General de Ventas del Ministerio de Comercio Interior Francisco Silva Herrera.
Por estos días, en todo el país, las Oficinas del Registro de los Consumidores (Oficodas) han tenido mucha afluencia de público. Unos han comentado que si no le das la baja a los fallecidos, o a las personas que llevan más de tres meses fuera del país por asuntos particulares te impondrán una multa de 3 000 y 5 000 pesos.
Para esclarecer tal duda, dialogamos con el Director General de Ventas del Ministerio de Comercio Interior Francisco Silva Herrera quien senaló la responsabilidad del Jefe de Núcleo en las obligaciones aprobadas en la Resolución 78 de 1991 del MINCIN, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, número 14 del propio año.
La propia libreta de Control de Ventas para productos alimenticios refiere que las altas en el Registro de Consumidores se podrá realizar por cualquier personas y las bajas por un componente del núcleo, de 16 años o más, previa presentación de su Carné de Identidad y los documentos coorespondientes.
Es obligatorio dar baja de esta libreta a los consumidores fallecidos, para ello se establece 10 días posterior a la fecha, personas en Hogares de Ancianos, Hospitales psiquiátricos con una permanencia prolongada y los ciudadanos que salgan del territorio nacional por más de 3 meses por asuntos particulares.
La mayoría de estas obligaciones no la cumplían los jefes de núcleos, pero el MINCIN inició un grupo de medidas para organizar y perfeccionar sus sistemas de gestión y sobre todo de control. Para ello el Ministerio de Comercio Interior realiza conciliaciones con el Registro del Estado Civil, perteneciente al Ministerio de Justicia, organismo que reporta los fallecidos, y las Unidades de Identificación, Migración y Extranjería ofrecen las estadísticas de las personas que salen del país por asuntos personales con más de 90 días.
Con esa base de datos se visita a los familiares de los fallecidos y los que salen del país por más de 3 meses notificándole que deben efectuar la baja en las Oficodas.
El funcionario aclaró en el caso de los que salen del país por más de 90 días, cuando regresan mantiene el derecho a volver a registrarse y adquirir los alimentos situados en las bodegas, carnicerías y otras dependencias del comercio minorista.
Aclaró Francisco Silva Herrera que el 73 por ciento de los fallecidos todavía están activos y sus familiares no han acudido a las Oficodas para hacer efectiva su baja, violando lo establecido de los 10 días para ese tipo de trámite.
Desde hace muchos años en el país hay personas que viven en el extranjero hace más de 5 y 10 años y sus familiares, durante ese período han adquirido los alimentos de la Canasta Familiar Normada, antes del 1ro. de enero en su mayoría subsidiada, aún para los que disponían de grandes ingresos.
Los jefes u otro integrantes del núcleo que no acudan a las Oficinas del Registro de los Consumidores de su municipio después de su notificación automaticamente de oficio causarán baja. Además cuando llegue a los establecimientos minoristas, el bodeguero y otros dependientes confirmará su situación porque ya disponen de una lista para hacer firme la medida.
Sobre las multas que muchos han comentado de 3 000 y 5 000 senaló que la Resolución que ampara el reglamento de los Registros de los Consumidores, no tiene tipificada ninguna contravención, en ningún momento se multurá a nadie, pero sí causarán baja de oficio.
- Añadir nuevo comentario
- 2190 lecturas
Comentarios
Argelia Glez
Informar y aclarar oportunamente
Zarza
Añadir nuevo comentario