Aprueban nuevas tarifas generales para el cobro de los derechos de autor

especiales

Aprueban nuevas tarifas generales para el cobro de los derechos de autor
Fecha de publicación: 
1 Marzo 2022
0
Imagen principal: 

Nuevas tarifas para el cobro de los derechos de autor a través de la Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical por parte de los trabajadores por cuenta propia fueron aprobadas por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución 5/2022 que aparece publicada en La Gaceta Oficial.

El ministerio establece nuevos costos por la utilización de las obras musicales, audiovisuales, y por las segundas y sucesivas representaciones de obras de las artes escénicas, por parte de los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas no agropecuarias y las micro, pequeñas y medianas empresas del sector no estatal.

Según establece la disposición los servicios de recreación, centros nocturnos, discotecas y otros establecimientos afines, para actividades nocturnas y matinées abonarán el 4 por ciento (%) de los ingresos brutos mensuales, incluyendo lo que se recaude por el cobro de la entrada.

En cuanto a los servicios de gastronomía, los restaurantes y cafeterías pagarán el 1% de los ingresos brutos mensuales, al tiempo que los bares abonarán el 2 %

Cuando estos establecimientos ofrezcan además servicios de recreación, discoteca u otros, se aplicará la tarifa establecida para ese tipo de servicio sobre los ingresos brutos.

Quienes realicen servicios de organización de fiestas y actividades afines deberán pagar el 3 % de los ingresos brutos mensuales, mientras que los servicios de reproducción y comercialización de contenidos culturales en cualquier soporte abonarán 300.00 pesos mensuales.

De acuerdo con la disposición, en las modalidades para las que se establece una tarifa porcentual sobre los ingresos brutos del utilizador, siempre que tengan lugar presentaciones en vivo de unidades artísticas de la música o de las artes escénicas, esta se aplica con anterioridad a cualquier distribución de ingresos entre el utilizador y la entidad comercializadora de los servicios artísticos.

Para cualquier otra modalidad de utilización de las obras no prevista en esta Resolución, rigen las tarifas generales para el cobro de los derechos de autor a través de la Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical aprobadas por la Resolución 71, de 7 de julio de 2021, del Ministro de Cultura.

La nueva resolución está firmada por Alpidio Alonso Grau, Ministro de Cultura de Cuba.

 

 

 

 

Añadir nuevo comentario

CAPTCHA
Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.
CAPTCHA de imagen
Introduzca los caracteres mostrados en la imagen.