Sancionan por delito de propagación de epidemia en Matanzas

Sancionan por delito de propagación de epidemia en Matanzas
Fecha de publicación: 
26 Abril 2020
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Las fugas de centros de aislamiento y cuarentena sobresalen entre los delitos graves en la provincia de Matanzas en la actual situación de expansión del virus SAR-CoV-2, causante de la COVID-19, declaró a la ACN Daysi Ramírez Naranjo, fiscal jefa en el occidental territorio.

Ramírez Naranjo explicó a la ACN que, tanto en el caso de los dos ciudadanos que abandonaron un centro de aislamiento en esta urbe, como en el del detenido fuera del perímetro de una zona de cuarentena restringida, se aplicaron sanciones severas por el delito de propagación de epidemia.

La fiscal explicó que la propagación de epidemia es una figura delictiva presente en el Código Penal cubano para reprimir conductas en situaciones como las que se presentan actualmente, y podría acarrear de tres meses a un año de privación de libertad o multa de 100 a 300 cuotas, o ambas.

En la provincia de Matanzas se radicaron hasta el jueves último 233 denuncias, 135 por propagación de epidemia, 42 por delitos contra agentes de la autoridad, 46 por actividad económica ilícita, receptación, especulación y acaparamiento, además de una decena por otras figuras menos comunes como robo con fuerza, hurto e incumplimiento de preservar bienes, aclaró.

Precisó que 46 denuncias se presentaron ante los Tribunales Municipales Populares, con 24 juicios celebrados y 27 acusados sancionados, de ellos 20 a privación de libertad, cuatro a trabajo correccional con internamiento, dos a trabajo correccional sin internamiento y uno a multa.

Los delitos de mayor incidencia por los que se juzgaron a los acusados son propagación de epidemias (16), especulación y acaparamiento (5), actividades económicas ilícitas (3) y en los delitos de desacato, resistencia y desobediencia, uno en cada modalidad, detalló.

Jefa también del grupo jurídico del Consejo de Defensa Provincial (CDP), Ramírez Naranjo informó que en 92 denuncias se aplicó el artículo 8.3 del citado Código, que refiere la imposición de altas multas administrativas, que fluctúan entre los 200 y dos mil pesos en moneda nacional, con posibilidad de llegar a tres mil de modo excepcional.

Comentarios

Los casos procesados representan un por ciento pequeño de lo que ocurre en realidad, hay muchas indisciplinas, se ofenden y les faltan el respeto a los funcionarios públicos y muchos se aprovechan para vender a precios exagerados, entre otras cosas, no se debe ser paternalista en momentos como este.
Así es continúan violando las reglas .Respetarlas es la única salvación, ahora mismo veo desde mi portal cómo están sin nasobuco en santa Felicia Marianao y ni una patrulla pasa.hay que poner mano dura o no saldremos de esto nunca.

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