Establecen regulaciones para la venta minorista a plazos
El Ministerio de Comercio Interior de Cuba (Mincin)
aprobó las disposiciones para la venta por plazos a personas naturales, de
bienes cuyos precios superen los dos mil quinientos pesos, como muebles,
colchones, bicicletas y equipos electrodomésticos.
La Resolución 98/2021, pública desde este martes en la Gaceta Oficial
Extraordinaria número 66, establece entre los requisitos para adquirir
estos artículos, ser ciudadano cubano con domicilio permanentemente en el
país, residir en la provincia donde se solicite la venta, así como tener
más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago.
Asimismo, se deben tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados,
y haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta
modalidad de venta.
Para la a solicitud de la venta a plazos y la comercialización, las
personas naturales presentarán en el establecimiento minorista su
documentos de identidad, datos personales y la certificación de la
capacidad de pago de un fiador.
Se incluye una certificación del centro de trabajo con el salario
devengado; o una declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales,
en el caso de los trabajadores por cuenta propia.
Los pensionados o beneficiarios de la asistencia social mostrarán una
certificación de los ingresos por la Dirección de Trabajo o filial del
Instituto Nacional de Seguridad Social, y los estudiantes en centros que
reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, los datos personales
y compromiso de la persona que los asiste para el pago.
El texto aclara que las personas contratadas en una entidad estatal pueden
acceder a la venta a plazos mediante el descuento por nómina, previo
convenio del establecimiento minorista con el centro laboral.
Según la Resolución, el establecimiento con modalidad de ventas a plazos
dispone de hasta 10 días hábiles para corroborar la documentación
presentada, firma un compromiso de tramitación de la solicitud e informa al
cliente de su resultado.
En el contrato, que ha de suscribirse entre el cliente y el establecimiento
minorista, se determinan el importe de la compra, tasa de recargo, forma de
pago, cuotas, plazos de pago, y consecuencias del incumplimiento; así como
la solución de conflictos, obligaciones, términos y condiciones de ambas
partes.
La tasa máxima de interés será del 2,5 por ciento sobre el importe del
artículo, y el cliente efectuará inicialmente un pago negociable no
inferior al 20 por ciento del precio de venta del artículo, mediante el
pago electrónico o en efectivo.
El importe restante se abonará en los plazos que se pacten, siempre en el
término de hasta un año, indica el documento legal.
Durante el acto de la compra, agrega, el cliente recibe el vale de venta y
el certificado de garantía; mientras que la certificación de propiedad se
otorga, si corresponde, una vez que se haya abonado el importe total.
Aclara el texto que de incumplirse por el cliente los términos establecidos
en el contrato y la renegociación, el establecimiento minorista está
facultado para retirar el bien, sin devolución del efectivo abonado.
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Ruperto
ARA
leydis
Yaumara
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