Da a conocer Ministerio de Cultura de Cuba medidas ante la COVID-19

Da a conocer Ministerio de Cultura de Cuba medidas ante la COVID-19
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Fecha de publicación: 
20 Abril 2020
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El Ministerio de Cultura de Cuba publica en su sitio web un grupo de medidas encaminadas al sector ante la propagación de la COVID-19, entre ellas la decisión de posponer los eventos artísticos masivos, nacionales e internacionales, que impliquen aglomeraciones de público.

    Otras acciones son el cierre de las instituciones y centros culturales, Casas de la Música, lo cual trae como consecuencia la suspensión de las presentaciones de la música, los espectáculos y las artes escénicas previstas en la programación cultural.

   Se suspende hasta nuevo aviso el funcionamiento de las Casas de Cultura, bibliotecas, museos, galerías de arte y librerías, adscritas al Ministerio de Cultura de Cuba y se establece Puesto de Dirección permanente en el organismo con vías de comunicación oficial abiertas ante cualquier queja o sugerencia de la población (78382276, 78382246).

   Reitera que se brindará respaldo salarial a todos los artistas integrados al Instituto Cubano de la Música y al Consejo Nacional de las Artes Escénicas, tanto a los que pertenecen a unidades artísticas subvencionadas como a los que operan bajo el régimen comercial.

    Los subvencionados con más de un vínculo laboral recibirán el tratamiento salarial solo por la entidad donde tienen el contrato de trabajo principal, entendido este como su primer vínculo, y los sujetos a régimen comercial serán protegidos salarialmente empleando las escalas salariales homólogas de los artistas subvencionados, para cada una de las categorías y niveles de evaluación alcanzados.

    Estos salarios se pagarán al 100 por ciento para el primer mes, en este caso abril, a cobrar a principios de mayo, y a partir del segundo mes se pagarán al 60 por ciento mientras dure la interrupción laboral, refiere la nota.

    La fecha para el pago de la garantía salarial correspondiente a las unidades artísticas subvencionadas declaradas interruptas, se realiza en igual fecha a la del salario, mientras que la garantía salarial a las unidades artísticas no subvencionadas se entregará dentro de los primeros 10 días hábiles del mes, y corresponde al jefe de cada entidad elaborar cronograma para su ejecución ordenada, con el objetivo de evitar aglomeraciones.

    Los miembros de las unidades artísticas y el personal de apoyo vinculado directamente a esta y/o a las presentaciones artísticas acogidos al régimen comercial y que se desempeñen en los cargos u ocupaciones al amparo de la Resolución 70 del 19 de septiembre de 2013 del Ministro de Cultura, quedarán sujetos a la garantía salarial que concede el Ministerio de Cultura.

    Las agencias, centros y empresas de representación artística, se abstienen de suscribir nuevas relaciones de trabajo durante la situación epidemiológica producto de la Covid-19.

    Se establece Puesto de Dirección permanente en el Consejo Nacional de las Artes Escénicas (CNAE) y en el Instituto Cubano de la Música (ICM) con vías de comunicación oficial abiertas ante cualquier queja o sugerencia de la población (CNAE: 78304126, 78355766) (ICM: 78323503 al 06).

   Además, en la nota informativa se explican medidas para la enseñanza artística en el país.

 

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