Autoriza Tribunal Supremo Popular vías telemáticas para la comunicación en actos procesales

Autoriza Tribunal Supremo Popular vías telemáticas para la comunicación en actos procesales
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Fecha de publicación: 
7 Octubre 2020
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El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular autorizó la utilización, en todas las instancias judiciales y materias jurisdiccionales del Sistema de Tribunales, de las plataformas y aplicaciones digitales, correo electrónico y otras vías telemáticas para la realización de los actos procesales de comunicación con las partes.

La decisión incluye verificaciones personales o por cédulas, así como las notificaciones de todas las resoluciones pronunciadas en los procesos judiciales bajo las condiciones de seguridad que viabilicen su efectividad, con excepción de aquellas que, por su contenido y naturaleza, así se decida por el tribunal; sin perjuicio de la obligación que tienen las partes de mantenerse permanentemente en contacto con el órgano judicial.

Según comunicado en la web del Tribunal Supremo Popular, la medida no excluye la expedición de las certificaciones que se soliciten por los interesados, con los requerimientos de las regulaciones legales al efecto.

A través de cuentas electrónicas institucionales prestablecidas, se podrá realizar la comunicación procesal, hasta la finalización del proceso.
En las resoluciones que se pronuncien sobre la formalización, se dispondrá expresamente la forma en que tendrá lugar la comunicación, por la vía telemática o la tradicional presencial.

El instrumento marcha a tono con la nueva normalidad, ante el distanciamiento físico necesario para enfrentar la pandemia de COVID-19.

 

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