La familia cubana de cara a la nueva Constitución

La familia cubana de cara a la nueva Constitución
Fecha de publicación: 
22 Octubre 2018
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Visibilizar la paternidad, la diversidad de las familias y el matrimonio no solo entre heterosexuales se apuntan entre las novedades del proyecto de Constitución que comentan las doctoras Mayda Álvarez Suárez, Directora del Centro de estudios de la mujer, de la FMC, académica titular del Ministerio de ciencia, Tecnología y Medioambiente (Citma); y Yamila González Ferrer, vicepresidenta primera de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, también profesora de la facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.

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Al opinar sobre estos y otros temas, ambas coincidieron en la importancia de valorar las familias sobre todo por cómo funcionan, por los afectos, amor y respeto que en ellas prevalezcan más que por quiénes la componen. Así se supo durante la octava emisión del interesante espacio televisivo Hacemos Cuba.

Sobre las novedades que distinguen a este trascendental documento en lo concerniente al tema familia cubana, destacaron la trascendencia de que se refiera las familias y no a la familia, porque, de hecho son variados los tipos de familia que hoy alientan en el panorama nacional.

De acuerdo a los resultados de los censos de población realizados en la isla, dentro del total de 3 millones 785 mil 196 hogares censados, es posible hablar de los siguientes tipos de familias, que son los fundamentales aunque no los únicos:

La Familia nuclear, que constituye el 52,2 % del total de los hogares cubanos y está formada por la pareja (no necesariamente un matrimonio formalizado) con o sin hijos. Dentro de este tipo se incluyen las conformadas por solo el padre o la madre con hijos (monoparental), así como la familia reconstituida con padrastro o madrastra.

La Familia Extendida se encuentra presente en el 26,5% de los hogares y la integran la pareja con o sin hijos y otros parientes.

Se añaden las llamadas Familias Compuestas, representadas por un 2,3% del total de familias, y en estas conviven además los no parientes.

Aunque no se consideran propiamente una familia, además existen los llamados hogares unipersonales, a tener muy en cuenta porque conforman el 18,7 % del total y fundamentalmente están integrados por personas mayores, esencialmente mujeres.

Con el artículo 67, al reconocer la diversidad de familias, se abren puertas para desarrollar luego el tema en un Código de Familia que apunte a las particularidades de esos hogares.

Entre las novedades del ámbito familiar contenidas en el proyecto de constitución que hoy debate todo el pueblo cubano, se anota la referencia a la paternidad, por primera vez explícita en la Ley de leyes.

La profesora Yamila precisa que “en la constitución de 1976, la que está hoy vigente, se habla solo de la maternidad. Existen muchos estereotipos sexistas como madre solo hay una y padre es cualquiera, y, en consecuencia, se ha trabajado mucho porque prevalezca una visión de corresponsabilidad, por visibilizar la paternidad”.

Recordó que aunque todavía abundan experiencias de irresponsabilidad paterna, también son considerables las experiencias positivas en ese sentido.

Lo más importante son los afectos

En cuanto a la eliminación de la heterosexualidad como requisito para el matrimonio, de acuerdo al artículo 68, se demuestra que las instituciones jurídicas como el matrimonio han ido adaptándose a los tipos de familia una relación dialéctica.

Al respecto la profesora González Ferrer subrayó que el derecho tiene que ir a la par de la sociedad, además de función educadora, transformadora y de anticiparse en algunos casos impulsando el desarrollo y los cambios sociales.

Recordó que la génesis del matrimonio estuvo vinculada a garantizar la heredad y a perpetuar las clases sociales. Legitimar la visión patriarcal apuntalaba el fuerte poderío del hombre y la supeditación de la mujer.

“Fue tan polémico el divorcio cuando se instauró, como lo puede ser ahora el tema del matrimonio entre homosexuales”, acotó la jurista. También ejemplificó que al ser autorizado el matrimonio entre blancos y negros en 1888 se armó igualmente un gran revuelo, recogido en la prensa de la época.

Por su parte, la doctora Mayda Álvarez comentó al respecto que, de hecho, existen familias homosexuales conviviendo en la cotidianidad del cubano. Son personas, dijo, que han decidido unir sus vidas porque es una opción que tienen, compartimos junto a ellas muy diversas tareas, y la constitución nuestra pretende parecerse cada vez más a la realidad.

Agregó que en el matrimonio, ya sea heterosexual u homosexual lo que no puede faltar es el amor, la comprensión, el respeto, la no violencia, la ayuda mutua, y son cuestiones que deben quedar explícitas en la formulación, opinó.

Este articulo, amplió Álvarez, está siendo coherente con otras cuestiones que hemos debatido como el artículo 40 sobre la igualdad de derechos. “Igualdad no es semejanza, es no discriminación”, enfatizó.

La igualdad es un valor trascendental porque apunta al desarrollo de los seres humanos, de ahí que se constituya en un principio general del derecho, precisó la profesora universitaria y abogada Yamila González. “No solo se trata de una igualdad formal sino de la valoración de la diferencia. Va en contra de los principios que como proyecto social impulsamos hablar solo de matrimonio heterosexual”.

Las expertas refirieron que es responsabilidad estatal garantizar la igualdad y en dicho artículo se da un paso para garantizar los derechos de seres humanos que pueden sentir excluidos por su orientación sexual. No se trata de promover o de incitar a ese tipo de matrimonio, sino de garantizar un derecho, aseguraron.

“La orientación sexual apunta a la orientación del deseo erótico afectivo, no se contagia ni incita a otros a imitarla” dijo la catedrática Álvarez.

Argumentaron a propósito de que el matrimonio es una institución jurídica y también social, que brinda seguridad jurídica a las personas, genera por ejemplo derechos sucesorios, el contenido de los derechos y deberes, el ejercicio de la tutela...

La doctora Álvarez enfatizó en el concepto de género y a propósito de la adopción precisó que esta hoy la puede solicitar una persona sola, hombre o mujer. La condición de heterosexual no garantiza el ser responsable con los hijos. De hecho, hay familias heterosexuales donde predomina la violencia doméstica.

Muchos retos, muchas familias

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La legalización del matrimonio entre personas homosexuales no es, ni mucho menos, el único reto acerca de las complejidades de los hogares cubanos. Corresponderá luego al Código de familia desarrollar esas particularidades.

Y entre los retos, la profesora Yamila mencionó el tema de la unión consensual, que hoy prevalece en un alto número de hogares, que igual requieren de protección jurídica.

Asimismo, el tema de la no violencia intrafamiliar, también explicitado en el proyecto de Constitución requerirá también de precisiones.

Ambas especialistas coincidieron en subrayar que en la familia, sea de cualquier tipo, lo importante es que existan afectos, valores. Las familias deben valorarse sobre todo no por cómo se componen sino por cómo funcionan.

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