Cierra en Cuba campaña de impuestos sobre el transporte terrestre
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Todas las personas propietarias o poseedoras de vehículos de motor y de tracción animal destinados al transporte terrestre deben pagar sus impuestos, expresó a Radio Reloj Belkis Pino, directora de Atención al Contribuyente de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT).
Destacó que entre los beneficios fiscales de la Ley 113 del Sistema Tributario se encuentra la extensión del pago del impuesto sobre el transporte terrestre hasta el 30 de septiembre de 2014.
Quienes liquiden antes del 28 de febrero de cada año fiscal disfrutarán de una bonificación que consiste en el descuento de un 20 por ciento de la cantidad a pagar, aseveró la funcionaria de la ONAT.
Precisó que toda persona que no contribuya en el término establecido con sus obligaciones fiscales incurre en mora y se le exige por ley un recargo.
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