Proyecto de Código de las Familias, una construcción colectiva

Proyecto de Código de las Familias, una construcción colectiva
Fecha de publicación: 
18 Febrero 2022
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Diversas y amplias -como la norma jurídica misma- son las opiniones que suscita en los camagüeyanos el anteproyecto del Código de las Familias, cuya consulta popular durante tres meses en los vecindarios de toda el archipiélago cubano, contribuirá a enriquecer los contenidos de su versión 24 y reafirmará su carácter de construcción colectiva.

Para el escritor Alejandro González Bermúdez, el texto legislativo realza la dignidad de las personas que conviven en la sociedad cubana actual, independientemente de su estatus social, edad o condición física, de ahí que él valore su integralidad y marcado carácter inclusivo.

Acerca del necesario proceso de construcción colectiva que permite a la ciudadanía aportar sus consideraciones respecto al documento, González Bermúdez dijo a la Agencia Cubana de Noticias que es una oportunidad para leerlo, estudiarlo con detenimiento y realizar propuestas en beneficio de todos.

La trabajadora de la Empresa Geominera de Camagüey, Malena Vega Rosales, reconoce la relevancia del artículo 8: Papel de abuelas, abuelos, otros parientes y personas afectivamente cercanas, incluido en el título I del proyecto.

Según mi experiencia personal, su rol en la crianza de los niños es imprescindible como fuente de valores y sabiduría, mis abuelos y mi tía son modelos muy importantes a seguir en mi vida y la de mi hermano, y por eso me parece vital que se apunte en ese acápite su importancia en la transmisión intergeneracional de tradiciones, cultura, educación y en las labores de cuidado, comentó.

Al tema del matrimonio como la “unión voluntariamente concertada de dos personas con aptitud legal para ello, con el fin de hacer vida en común, sobre la base del afecto, el amor y el respeto mutuos”, definido así en el artículo 197, se refirió la joven estomatóloga Cinthia López Trujillo.

Para ella, en este sentido y en el de la filiación adoptiva -ampliado en el capítulo III del título IV- lo más importante es la responsabilidad familiar de proteger, educar y ofrecer una vida plena y feliz a los infantes, más allá de la orientación sexual de sus tutores.

Las disposiciones relacionadas con estos dos asuntos y el cambio de denominación de patria potestad por responsabilidad parental han generado polémica en los debates del proyecto de ley, que amplía los derechos de los ciudadanos a concertar una unión matrimonial independientemente de su sexo, desarrollar el proceso de adopción y compartir la guarda y el cuidado de los hijos.

Estos aspectos garantizan mayor igualdad de las personas frente a la ley, pues dan la posibilidad de que sin discriminación por concepto alguno, estas puedan materializar sus proyectos de vida, y eso desde el punto de vista social es evidentemente un avance, especificó la jueza de la Sala Civil del Tribunal Provincial de Camagüey, Marcia Chicoy Ramírez.

Tal como se señala en su fundamentación, el Proyecto de Código de las Familias, coherente con el ordenamiento jurídico y la realidad social, evidencia la necesidad de transformar la legislación vigente de 1975, pues en esta materia ya no responde a la diversidad familiar de la sociedad cubana de las primeras dos décadas de este siglo XXI.

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