España aprueba la ampliación del estado de alarma por el coronavirus

España aprueba la ampliación del estado de alarma por el coronavirus
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Fecha de publicación: 
25 Marzo 2020
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El Congreso de España ha dado luz verde este miércoles a la prórroga del estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo por el Gobierno del presidente Pedro Sánchez, que faculta al Estado a limitar derechos fundamentales de sus ciudadanos.

La medida fue aprobada con 321 votos a favor y 28 abstenciones, emitidos tanto presencial, como vía telemática.

El Consejo de Ministros de Sánchez declaró este estado excepcional hasta el 29 de marzo y ahora, con el beneplácito del Hemiciclo, se extenderá hasta las 00.00 horas (local) del próximo 12 de abril.

La declaración del estado de alarma se extendió a todo el territorio nacional y comprendió las limitaciones a la libertad de circulación de las personas que se consideraron estrictamente indispensables para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública, según indica la solicitud de prórroga cursada por el Gobierno.

El Gobierno de Sánchez ha contado con una abultada mayoría del Hemiciclo. Los principales grupos parlamentarios, tanto los que respaldan al Ejecutivo como de la oposición, han apoyado la prórroga, mientras que los diputados de los grupos independentistas catalanes Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y Junts per Catalunya (JuntsxCat) se han inclinado por la abstención.

¿Qué significa el Estado de alarma?

El estado de alarma faculta al Gobierno de España a erigirse en autoridad competente en todo el territorio nacional. Así, por ejemplo, todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluidas las autonómicas y locales, quedan bajo el mando único del Ministerio del Interior.

Una de las medidas más importantes en el marco del Real Decreto que declaraba el estado de alarma fue la limitación a la libertad de circulación de las personas, que solo pueden salir de su domicilio en supuestos excepcionales, como ir a trabajar o adquirir productos de primera necesidad.

Además, el Gobierno está facultado para la requisa temporal de cualquier bien y para solicitar prestaciones personales obligatorias. Así ha sucedido ya en el ámbito de la sanidad y de las residencias de ancianos, en los que el Ejecutivo ha facultado a los Gobiernos de las Comunidades autónomas a intervenir el sector privado.

Además, se decretó la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros educativos del país, así como el cierre al público de todos los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los de alimentación y de primera necesidad, como farmacias u ópticas.

La sanidad y el empleo

En el marco del estado de alarma el Gobierno ha publicado nuevas normativas destinadas sobre todo a proteger al sector sanitario y proporcionarle los suministros y personal necesarios para luchar contra la epidemia; y a la protección del empleo y de las familias más vulnerables.

Entre las medidas adoptadas se encuentra la moratoria en el pago de hipotecas, la flexibilización en el acceso a prestaciones por desempleo o la disposición de una ambiciosa línea de avales públicos para las empresas en dificultades.

Se trata de la segunda vez en la historia de la reciente democracia española que el país vive esta situación. La anterior vez que un Gobierno utilizó esta herramienta constitucional fue en 2010, cuando el Ejecutivo del también socialista José Luis Rodríguez Zapatero lo declaró durante 42 días para hacer frente a la huelga de controladores aéreos. En aquella ocasión, el Ejército tomó el mando de las torres de control aéreas, pero no se vieron afectados los derechos del resto de la ciudadanía.

En esta oportunidad, el enemigo a combatir, la pandemia de coronavirus, ya ha producido 3.434 muertes y más de 47.000 contagios en todo el país, situando a España como el tercer país más afectado del mundo por la nueva enfermedad, tras China –a quien ya ha superado en número de decesos– e Italia.

 

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