Cuba posee garantías para inversores contra la Ley Helms-Burton

Cuba posee garantías para inversores contra la Ley Helms-Burton
Fecha de publicación: 
7 Junio 2019
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De acuerdo con las declaraciones realizadas al portal Cubadebate por Deborah Rivas, directora de Inversión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior de la isla, la seguridad para el empresariado foráneo se sustenta en tres normas fundamentales.

La primera de estas, acotó, está presente en el artículo 28 de la Constitución de la República, en el cual se explicita que el Estado promueve y brinda garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales, así como del respeto a la soberanía e independencia nacionales.

Además se refirió a la Ley 118 de 2014 o de Inversión Extranjera, que señala en uno de sus artículos que las inversiones son protegidas en el país, contra reclamaciones de terceros que se ajusten a derecho o la aplicación extraterritorial de leyes de otros estados, conforme a las leyes cubanas y a lo que dispongan los tribunales nacionales.

Igualmente, puntualizó, existe la Ley 80 de 1996 o de Reafirmación de la dignidad y soberanías cubanas, que declara ilícita la Ley Helms-Burton, inaplicable y sin valor ni efecto jurídico alguno.

Consecuentemente, añadió, considera nula toda reclamación amparada en ella de persona natural o jurídica, cualquiera que fuere su ciudadanía o nacionalidad.

Asimismo, faculta al Gobierno cubano para aplicar o autorizar las fórmulas que se requieran para la protección de los inversionistas extranjeros contra la aplicación de la legislación estadounidense, incluyendo el traslado de los intereses del inversionista extranjero a empresas fiduciarias, entidades financieras o fondos de inversión.

Es decir, recalcó Rivas, los inversionistas extranjeros que nos han acompañado todos estos años, los nuevos, incluidos los de origen cubano residentes en cualquier parte del mundo, cuentan con las herramientas necesarias para protegerse ante cualquier ilegítima reclamación basada en la también denominada Ley Garrote.

El Título III de la Ley Helms-Burton, que entró en vigor el pasado 2 de mayo, establece la autorización a nacionales estadounidenses a presentar ante tribunales del país norteño demandas contra extranjeros por un supuesto tráfico con propiedades que fueron objeto de nacionalizaciones en 1960 en Cuba.

Hasta el momento, según fuentes de la cancillería cubana, se presentaron cuatro demandas.

Una de la compañía Exxon Mobile contra las nacionales Unión Cuba-Petróleo (Cupet) y la Corporación Cimex S.A, dos contra la línea de cruceros estadounidense Carnival y una contra las cubanas Gran Caribe, Cubanacán, Cimex y Gaviota por un hotel en Cienfuegos, en la zona centro-sur de la isla.

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