Google pagará una multa de 300.000 euros por transmitir información personal sin permiso

Google pagará una multa de 300.000 euros por transmitir información personal sin permiso
Fecha de publicación: 
7 Noviembre 2017
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Google abonará la sanción de 300.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por una infracción grave al constatar que recogió y almacenó datos personales transmitidos a través de redes WiFi abiertas, sin que los afectados tuviesen conocimiento de dicha recogida y sin el consentimiento de los mismos, y asegura que el problema que afectaba a sus sistemas está solucionado.

"En Google trabajamos concienzudamente para cumplir con las políticas relacionadas con la privacidad. En este caso, y remontándonos al año 2010, ya dijimos públicamente que nos equivocamos e, inmediatamente, informamos del error a la Agencia Española de Protección de Datos y solucionamos el problema que afectaba a nuestros sistemas. Hemos colaborado por completo a lo largo de los últimos siete años y, por supuesto, abonaremos la sanción impuesta", han explicado a Europa Press fuentes de la compañía.

Las citadas fuentes han recordado que se trata de un problema que se solucionó hace siete años, por lo que no afecta al servicio de Street View actual. La AEPD concluyó en 2013 que la campaña de recogida de imágenes y su posterior tratamiento para la prestación del servicio no vulneraba la normativa española de protección de datos.

La Agencia ha hecho pública este martes 7 de noviembre una resolución, que pone fin al procedimiento abierto a Google en relación con la recogida y tratamiento de datos personales de redes WiFi llevada a cabo por los vehículos empleados en el proyecto Street View. El organismo inició de oficio la investigación de estos hechos en mayo de 2010.

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