Tribunal Supremo declara inconstitucional enmienda contra Maduro

Tribunal Supremo declara inconstitucional enmienda contra Maduro
Fecha de publicación: 
25 Abril 2016
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Según el máximo poder judicial de la República, la legislación no puede tener carácter retroactivo, pues de ser así desconocería la voluntad del pueblo que eligió a Maduro en elecciones libres y democráticas.

 

El artículo 5 de la Carta Magna expresa que "la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público".

 

La Sala recordó el tratamiento histórico que se le ha dado a la figura de la enmienda desde su entrada en vigencia y precisó que la realizada en el año 1951 a la Constitución estadounidense no se aplicó al período constitucional que estaba vigente para esa época.

 

El fallo indicó que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el del Presidente de la República, constituye un fraude a la Constitución, la cual prevé otros mecanismos de expresión de la voluntad popular.

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