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Hola soy de la provincia de ciego de Ávila y estoy de acuerdo en apoyar todas las medidas encaminadas a detener está pandemia pero tengo una duda y quisiera tener una respuesta. El día de hoy 2 de mayo en la feria comercial q se realizó en el reparto Ortiz del municipio de ciego de Ávila se encontraban en agentes del orden público realizando la labor q les corresponde de velar q se cumplan las orientaciones de nuestro gobierno. Pero aquí va mi inquietud. Dónde en q programa televisivo la dirección del país a informado de la restricción de distancia entre cónyuges pues mi hija y su esposo fueron a dicha feria cumpliendo con todas las medidas de seguridad e higiene exigidas por la dirección del país y sin embargó fueron multados por agente del orden público porque según el a pesar de ser marido y mujer no pueden ir juntos en la moto. Aplicándole el decreto ley # 141 articulo1 inciso 9 dónde la ley no distingue para ese tipo de vínculo familiar. Por favor se q estamos en tiempos difíciles pero no creo q porque las pareja andén juntas o una madre cargue a su hijo se considere una propagación de epidemia. Nesecito esclarecer si esto ha Sido solo un hecho aislado o verdaderamente el gobierno y la dirección del país an prohibido salir en parejas cuando la necesidad sea real.
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