Sector tributario actualiza política para cuentapropistas en Cuba

Sector tributario actualiza política para cuentapropistas en Cuba
Fecha de publicación: 
10 Julio 2018
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El Ministerio de Finanzas y Precios realiza hoy adecuaciones tributarias acordes al perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia sin afectar la carga impositiva de estos contribuyentes, reveló Vladimir Regueiro, Director de Política Fiscal de esa entidad.

En declaraciones realizadas en rueda de prensa en la sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Regueiro sostuvo que las modificaciones responden al ánimo de acompañar el desarrollo ordenado de esta forma de gestión, fomentar la cultura tributaria de la población y perfeccionar los mecanismos de control del pago de los tributos.

Las nuevas disposiciones, publicadas hoy en la Gaceta Oficial extraordinaria número 35 en su sitio web, buscan minimizar conductas evasoras en la sociedad y su consiguiente afectación al presupuesto del Estado, remarcó el funcionario.

Ante el reacomodo de las actividades del trabajo por cuenta propia estipulado por el MTSS, declaró Regueiro, se impone realizar adecuaciones en los regímenes de tributaciones de las modalidades del trabajo por cuenta propia, los gastos deducibles y las cuotas a aplicar.

Según afirmó el director, el sector mantendrá una carga tributaria entre un 25 y un 35 por ciento que es lo que está establecido para esta forma de gestión.

Las actividades que se incorporan como la de bares y recreación, la figura del panadero-dulcero y el arrendador de vehículos, pertenecerán al régimen de tributación general, ejemplificó.

Regueiro recordó que, para el trabajo por cuenta propia, existen dos regímenes de tributación.

El régimen general, orientado a las actividades más complejas, se caracteriza por el pago mensual del impuesto sobre el servicio o por las ventas y presenta declaración jurada al cierre del año, mientras el otro es el régimen simplificado que se distingue por el pago de cuotas consolidadas, añadió.

Las modificaciones, afirmó, respetan el balance entre cantidad de actividades y el número de contribuyentes que estaban en la actualidad aportando por el régimen general y los que lo hacían por el régimen simplificado.

Dentro de las modificaciones más significativas, Regueiro mencionó el establecimiento de una diferenciación en las cuotas tributarias dispuestas en la capital con respecto al resto del país así como para el desempeño de algunas modalidades.

En el caso de las personas que se desempeñan como trabajadores contratados, por ejemplo, sus cuotas se mantienen inalterables aun cuando el titular de la licencia que les contrata tenga un incremento de su cuantía a aportar, informó el funcionario.

Asimismo, reveló Regueiro, se implementarán de manera paulatina, para una serie de actividades, la habilitación de una cuenta bancaria fiscal.

La norma entrará en vigor tras 150 días de su publicación en la Gaceta Oficial de Cuba.

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