Implementan en Cuba nuevas estrategias para pago de tributos

Implementan en Cuba nuevas estrategias para pago de tributos
Fecha de publicación: 
24 Noviembre 2014
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   La habilitación de buzones en las oficinas municipales para depositar las declaraciones juradas del impuesto sobre ingresos personales y el envío de ese documento mediante correo certificado, son dos de las novedades planificadas.

   Los preparativos y aseguramientos para garantizar ese proceso anual que comienza en el mes de enero ya están en marcha, informó Belkis Pino Hernández, directora de Atención al Contribuyente.

   Hasta el 30 de abril del 2015 los trabajadores por cuenta propia, las personas naturales que laboran en entidades extranjeras y reciben gratificaciones deberán presentar la declaración jurada.

   Comunicadores sociales, diseñadores y periodistas, así como artistas y creadores de la cultura y su personal de apoyo, estos últimos por primera vez desde la aprobación de la Ley No. 113 del Sistema Tributario, deberán presentar también la documentación.

   Para los contribuyentes que tributan por sus ingresos personales se mantiene la bonificación del cinco por ciento del impuesto a pagar, si declaran hasta el 28 de febrero.

   Según Pino Hernández,  al entregar la declaración jurada mediante el buzón en la oficina municipal o el correo certificado, cada contribuyente debe cerciorarse de que la planilla no tenga errores formales como borrones, tachaduras, datos incompletos o en blanco, que se rellenen con tinta y no falte la firma.

   A las personas que envíen el documento con tales problemas, se les hará llegar un telegrama para que vuelvan a declarar, mientras que los contribuyentes que lo hagan correctamente recibirán una constancia de su recepción.

   En caso de que se reporten ingresos brutos inconsistentes, los involucrados recibirán un aviso para que rectifiquen su declaración antes del 30 de abril, y así se libren de recargos por mora y multas.

   La distribución de los modelos de declaración jurada, la carta a los contribuyentes y demás documentos fiscales, se realizará fundamentalmente a través del correo postal, de los tenedores de libros y cobradores pagadores que brindan ese servicio a sus clientes.

   También, por primera vez, todas las declaraciones juradas deberán entregarse en las oficinas municipales por alguna de las vías mencionadas, incluyendo aquellas que conlleven un pago, el cual podrá realizarse en cualquier agencia bancaria o mediante el servicio de Telebanca y los cajeros automáticos, donde estén habilitados.    

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