Listo el primer procedimiento para otorgar subsidios

Listo el primer procedimiento para otorgar subsidios
Fecha de publicación: 
4 Enero 2012
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La Gaceta Oficial ordinaria No.1 publica hoy las disposiciones legales que entrarán en vigor el próximo día 15, con las cuales se validan el Reglamento y otras normativas para otorgar subsidios a personas naturales.

   A partir de esa fecha, los cubanos que realmente lo necesiten "estén protegidas o no por la asistencia social" podrán recibir subsidios para la compra de materiales de la construcción y el pago de mano de obra, refiere hoy el diario Granma.

   Lo anterior está en correspondencia en el Lineamiento 299 aprobado por el Sexto Congreso del Partido, donde se expresa la decisión de aplicar "en los casos que se requiera", el subsidio a las personas, parcial o totalmente, sin exceder los límites planificados.

   Asimismo, constituye un nuevo paso en la implementación del Lineamiento 173 que enuncia: Eliminar las gratuidades indebidas y los subsidios excesivos, bajo el principio de compensar a las personas necesitadas y no subsidiar productos de manera general.

   De esta forma, se establece que constituirán prioridad para otorgar el subsidio las familias afectadas por catástrofes —ciclones, inundaciones, deslizamientos de tierra, incendios y otros considerados como tales—, y los casos sociales críticos, de manera particular aquellos que habiten en condiciones vulnerables.

   Deben demostrar que por falta de solvencia económica no pueden pagar el precio actual de los materiales de construcción o la mano de obra para ejecutar las acciones constructivas.

   La solicitud se hará en las direcciones municipales de la Vivienda, las cuales tendrán un periodo de 15 días hábiles para preparar el expediente que se entrega al Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular, órgano facultado para aprobar o no la solicitud.

   Una vez otorgado el subsidio, el beneficiario queda obligado mediante la firma de un contrato, a realizar la ejecución o reparación de la vivienda según lo pactado.
   Las normativas explican, además, que solo se otorgará subsidio a una misma persona por una vez para un objeto de obra específico.

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