Intendentes en Cuba: Otro refuerzo a la institucionalidad

Intendentes en Cuba: Otro refuerzo a la institucionalidad
Fecha de publicación: 
25 Enero 2020
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A la elección de los gobernadores y vicegobernadores, acontecida el pasado sábado 18 en todo el país con el voto mayoritario de los delegados municipales, sigue ahora la designación de los intendentes en los 168 municipios, este sábado 25.

La designación de esta figura tendrá lugar en las respectivas sesiones de las Asambleas Municipales, a propuesta del presidente de ese órgano.

Con ello, se “refuerza la institucionalidad y propicia un permanente vínculos con el pueblo”, aseveró en la red social Twitter Ana Mari Machado, vicepresidenta del Parlamento cubano.

La también diputada precisó que Cuba, de manera ordenada, organizada y con total transparencia, realiza el proceso de entrega y recepción de los cargos de los gobernadores y vicegobernadores recién electos, como parte de la continuidad y el perfeccionamiento del Poder Popular.

Es preciso recordar que en la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución de la República se establece que “Las asambleas provinciales del Poder Popular se mantienen en sus funciones hasta tanto tomen posesión de sus cargos los gobernadores, vicegobernadores y los consejos provinciales”.

Los gobernadores y vicegobernadores electos en los pasados sufragios asumirán sus funciones el próximo 8 de febrero.
Pero, antes de este proceso, la Mayor de las Antillas completará la reforma en la administración pública dispuesta en la nueva Constitución, con la designación de los intendentes en las municipalidades.

El intendente municipal tiene funciones administrativas, es designado por la Asamblea Municipal del Poder Popular y dirige el Consejo de la Administración Municipal.

Esta nueva figura rendirá cuenta a la Asamblea Municipal del Poder Popular y es objetivo primordial de su cargo el desarrollo económico y social de su territorio, así como el permanente vínculo con el pueblo.

A las sesiones de la Asamblea Municipal del Poder Popular el intendente asiste con voz pero sin derecho a voto, y según refleja el artículo 182 de la Constitución de la República, integra el Consejo Provincial junto al presidente y vicepresidente de la Asamblea Municipal.

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La designación de los intendentes es el paso final de los cambios previstos en la Ley de Leyes. Tuvo como antesala la elección del Presidente y Vicepresidente de la República, el Primer Ministro y los gobernadores y vicegobernadores provinciales.

Cuando la Comisión de asuntos constitucionales y jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular analizaba en diciembre pasado el Proyecto de ley de Organización y funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares, el presidente de dicha comisión, doctor José Luis Toledo Santander razonaba con los diputados sobre dicho texto legal:

“...deja establecido que el intendente tiene que rendir cuenta de todos sus actos a la asamblea municipal, que es quien lo pone y lo quita, al igual que a los principales cargos del Consejo de la Administración”.

“Pero también tenemos que acabar de romper ese cordón umbilical entre el presidente de la asamblea municipal y la administración local, y eso nos hace mucho daño".

“El presidente de la asamblea no debe involucrarse o inmiscuirse en los temas de la Administración. Por eso, el intendente no tiene que ser un delegado, para que se especialice en el conocimiento y las acciones de la Administración. Urge tener una administración local más fuerte, más eficiente y de mejores resultados”, detalló entonces Toledo Santander.

La figura del intendente en la historia de Cuba

Fue en la Francia de mediados del siglo XVI cuando apareció la figura del Intendente en la historia universal, y a Luis XlV corresponde el haberla impulsado para que fuera su representante en los territorios bajo el dominio de ese reinado.

España empleó por primera vez la Superintendencia en 1711, con lo que fuera la Superintendencia de Ejército. El régimen de intendencias se aplicó a partir del siglo XVIII en las colonias de España en Latinoamérica con el encargo de resguardar esas economías en función de la metrópoli.

Particularmente en Cuba, esa figura aparece por primera vez a resultas de una solicitud del Capitán general, Ambrosio Funes de Villalpando al rey Carlos III , quien ordenó instaurar el 31 de octubre de 1764 en la Capitanía General de Cuba la primera intendencia americana: la de Ejército y Real Hacienda de La Habana. Su primer intendente fue Miguel de Altarriba, el cual asumió el 8 de marzo de 1765.

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El conocido como Palacio del Segundo Cabo, en el casco histórico de la Habana, fue sede de la Intendencia; de ahí que se le identificara como Palacio de la Intendencia o Real Casa de Correos.

Fue el gobernador de Cuba, marqués de la Torre, quien ordenó acometer dicha edificación cuyas obras dieron inicio en 1772. Primero la ocupó el intendente de la Real Hacienda, y a finales de 1853 se instaló allí el segundo cabo de la colonia.

Los órganos gubernamentales continúan perfeccionándose

Ninguna relación guardan los intendentes que serán designados este sábado con aquellos que conoció Cuba durante su condición de colonia española.

“Contamos con ustedes para continuar perfeccionando la labor de gobierno, escribió en su cuenta de Twitter Miguel Díaz-Canel Bermúdez, presidente de la República de Cuba, a propósito de la elección de  gobernadores y vicegobernadores.

Y el paso que se dará este sábado constituye un peldaño más a favor de nuestra democracia socialista, esa sobre la que el Comandante en Jefe Fidel Castro comentaba en Un grano de maíz. Conversación con Tomás Borge (1992): “La democracia para mí significa que los gobiernos, primero estén íntimamente vinculados con el pueblo, emerjan del pueblo, tengan el apoyo del pueblo, y se consagren enteramente a trabajar y a luchar por el pueblo y por los intereses del pueblo”.

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